La legisladora rionegrina, junto a las comunidades Lafkenche y Lof Fvta Anecon y a la organización Árbol de Pie, reclamó una "aclaratoria" tras la decisión que dejó firme la derogación de la Ley de Tierras por DNU 70/23. Mientras tanto, el juez Alonso Regueira rechazó una medida "precautelar" pedida por Pichetto y Massot.
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| Imagen de Archivo P12 |
La legisladora rionegrina Magdalena Odarda se presentó ante la Corte Suprema, junto con miembros de dos comunidades mapuches (Lafkenche y Lof Fvta Anecon) y la organización ambientalista Árbol de Pie, para pedir una aclaratoria sobre el fallo que instrumentó la derogación de la Ley de Tierras mediante el DNU 70/23.
Los firmantes recordaron al máximo tribunal que impulsan un amparo y un pedido de medida cautelar que tramitaba junto con la acción colectiva del Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM). Quieren saber si la Corte los ignoró o si la falta de legitimación con la que rechazó la causa de los excombatientes se les aplica por igual.
El comunicado de la Corte
La presentación llegó luego de que la Corte difundiera un comunicado que buscaba explicar su decisión. Allí sostuvo que había resuelto una cuestión meramente procesal: el CECIM no estaba legitimado para reclamar la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23, que derogaba la ley, aunque el efecto práctico fue habilitar la extranjerización de tierras rurales.
El tribunal agregó que "toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional" puede solicitar una cautelar, que deberá ser analizada, y que los "grupos de interés que presionan sobre el tema" también pueden recurrir a la Justicia. Señaló además que se expedirá sobre la norma cuando lleguen esos reclamos, "lo que no ha ocurrido hasta el momento". Según los demandantes, con ese texto los jueces actuaron como si el amparo de Odarda, las comunidades y Árbol de Pie no existiera.
Un reclamo con objeto propio
Ese amparo, además del planteo de soberanía, sostiene que la Ley de Tierras funcionaba como norma de presupuestos mínimos para la protección del ambiente y la biodiversidad, y que su eliminación afecta a las comunidades originarias en la posesión y propiedad comunitaria de los territorios que ocupan tradicionalmente.
La causa comenzó en Bariloche en diciembre de 2023. Siete meses después, el juez Gustavo Villanueva la envió a La Plata, donde tramitaba la acción colectiva del CECIM. La Sala III de la Cámara platense declaró la inconstitucionalidad de la derogación en el amparo de los excombatientes y luego remitió el planteo de Odarda y las organizaciones a la Corte, por tratarse de una "pretensión análoga" y por haber dictado ya una "sentencia de fondo".
El pedido de aclaratoria advierte que, si el fallo del 29 de septiembre de 2026 se limita a resolver la demanda del CECIM, así debe precisarse; pero si el tribunal entiende que produce efectos sobre este expediente, "resulta indispensable que ello sea expresamente precisado". Los firmantes subrayan que su causa siempre planteó una diferencia: mientras el fallo sobre el CECIM examinó la aptitud de esa asociación a partir de la soberanía territorial y de su estatuto, en este expediente se invocaron además derechos de incidencia colectiva ligados al ambiente y derechos de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales, en relación con la Ley 26.737.
Piden que la Corte "disponga la prosecución inmediata" del amparo en el Registro Público de Procesos Colectivos y que se trate la cautelar solicitada. Si entiende que no le corresponde intervenir, solicitan que remita el caso al juzgado de Bariloche.
Pichetto y Massot
En paralelo, el juez Enrique Alonso Regueira rechazó una medida "precautelar" solicitada por los diputados Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot, que buscaban suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/23 y frenar la venta ilimitada de tierra rural a extranjeros.
El magistrado consideró que no se acreditaron "circunstancias graves y objetivamente impostergables" que justificaran la medida. Dio cinco días hábiles al Gobierno para responder y luego deberá resolver la cautelar propiamente dicha.
Pichetto expresó en X que buscan evitar que, mientras el Congreso se pronuncia, se consoliden como derechos adquiridos compras de tierras por extranjeros, incluidos inmuebles con cuerpos de agua de envergadura o ribereños a ellos. Advirtió que, mientras la Justicia demora, esas ventas pueden concretarse "con grave riesgo para el patrimonio nacional", y consideró que el rechazo es un indicio de la suerte que puede correr la presentación.






