. Imagen: Dafne Gentinetta |
La Anses estableció cambios en el control de las asignaciones familiares para evitar el pago a los titulares de las prestaciones que se hayan ausentado del paÃs por un perÃodo superior a los 90 dÃas corridos. La decisión se formalizó por medio de la Resolución 219/2024, publicada este lunes en el BoletÃn Oficial.
"Establécese que, a los fines de ejercer el control del cobro de las asignaciones de la Ley N° 24.714, deberá entenderse que la persona titular de la prestación o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con el requisito de residencia en el paÃs cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un perÃodo superior al de 90 dÃas corridos", según el texto oficial.
Para verificar el cumplimiento del requisito de residencia, se utilizará información obrante en las distintas bases de datos de la Anses y aquella remitida por la Dirección Nacional de MIgraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos, aclaró el Poder Ejecutivo.
“De cumplirse el plazo de ausencia citado precedentemente, se procederá a la suspensión de la asignación correspondiente", advirtió el organismo, y aclaró que para el caso de la Asignación Familiar por Cónyuge, la suspensión operará cuando la persona titular o su cónyuge se ausenten del paÃs simultánea o alternadamente y de manera continuada.
En el caso de la Asignación Familiar por Hijo e Hijo con Discapacidad, la suspensión operará cuando el hijo de la persona titular se ausente de manera continuada de la República Argentina por el plazo establecido.
En el caso de la Asignación por Embarazo para Protección Social, la suspensión operará cuando la persona titular se ausente del paÃs por aquellos 90 dÃas corridos.
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